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CNA:Veto del presidente Hernández es una "acción congruente"


Tegucigalpa, 4 de abril. El Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) calificó hoy como "congruente" con el combate a la corrupción la decisión del presidente Juan Orlando Hernández de vetar las reformas a la Ley de Privación Definitiva del Dominio de Bienes Ilícitos.

Las reformas fueron aprobadas en el Congreso Nacional y enviadas al Poder Ejecutivo para su sanción o veto, tal y como lo establece la Constitución de la República.

Mediante un comunicado, el CNA expresó que el veto es una "acción congruente en el combate a la corrupción".

Además, afirmó que esta decisión "satisface al CNA por considerarlo un respaldo a la institucionalidad y el correcto, prudente y constitucional ejercicio de facultades de cada poder del Estado, que tanta necesidad de fortalecimiento presenta nuestro país".

Mientras fue titular del Congreso Nacional (2010-2014), el presidente Juan Orlando Hernández fue el gran impulsor de esta ley, la cual fue parte integral de la estrategia de seguridad para devolver la paz y la tranquilidad a los hondureños.

Esta ley y otras que se aprobaron fueron clave para reducir más del 50 por ciento la tasa de homicidios y salvar la vida de más de 31,000 hondureños desde que se rompió la tendencia al alza de las muertes violentas.

Pero, sobre todo, fue clave para desmantelar los emporios económicos mal habidos de grupos del crimen organizado.

El ministro de la Presidencia, Ebal Díaz, afirmó hoy que "esta es una decisión de Estado, por lo que no le conviene al país ni debilitar ni quitarle los dientes a la Ley de Privación de Dominio; ya no es un tema doméstico nada más o de afectación a una u otra persona".

Cabe destacar que cuando se aprobó la ley el Congreso Nacional pidió opinión a la Corte Suprema de Justicia, en virtud de que se tocaban artículos de la Constitución de la República y se reformaban artículos del Código Procesal Penal, Código Civil y Código Penal.

En virtud de lo anterior, para hacer una reforma el Congreso Nacional también debió pedir opinión (no vinculante) al Poder Judicial, tal y como lo manda la Constitución de la República.

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